La Extensión de Normas y los mataderos de ovino y/o caprino.

¿ A qué están obligados los mataderos de ovino y/o caprino?

Todos los mataderos de ovino y/o caprino están obligados a:

· Retener a los operadores finales y comercializadores 0,05€ por cada ovino y/o caprino que sacrifique y comercialicen anotándolo en la factura de la manera indicada en la Orden Ministerial.

· Informar e ingresar a INTEROVIC las cantidades retenidas a los operadores finales.

· Informar e ingresar a INTEROVIC la cantidad total correspondiente a los comercializadores.

· En general a contribuir a la implantación y gestión de la Extensión de normas, así como, a aportar la información solicitada para estos fines y de otras funciones que les sean asignadas con el objetivo del buen funcionamiento del sistema de recaudación de la Extensión de Normas

Los mataderos que comercialicen ovino y/o caprino, ¿están obligados a aportar?

Sí, estos establecimientos tiene que recaudar la parte del proveedor final y hacer la aportación correspondiente a la parte de la comercialización.

Los mataderos de servicios están exentos de aportación económica, aunque tiene que hacer el resto de funciones que le corresponden.

¿Dónde se deberá ingresar el dinero recaudado y aportado para la Extensión de Normas del ovino y el caprino?

A una cuanta habilitada única y exclusivamente para este fin por INTEROVIC, debidamente auditada, y controlada por el Ministerio Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Además los recursos de esta cuenta no podrá ser utilizados para otros fines que los expuestos en la memoria de la Extensión de Normas y en la correspondiente Orden del Ministerio Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, de acuerdo con la Ley 38/1994, de 30 de noviembre.

¿Serán confidenciales los datos que tenga INTEROVIC sobre los operadores finales, mataderos y comercializadores?

Sí, toda la información generada como consecuencia de la Extensión de Norma del ovino y el caprino de España será confidencial, únicamente será maneja por el personal responsable del seguimiento y control de la Extensión de Norma y por la Comisión de Seguimiento. Además se aplicara la Ley Orgánica 15/99 del 13 de diciembre del protección de datos de carácter personal para su tratamiento.

¿Cuándo ingresará el matadero el dinero recaudado a INTEROVIC?

Cada trimestre INTEROVIC emitirá una factura a cada matadero por las cantidades retenidas a los operadores finales y comercializadores durante el período correspondiente. El ingreso del importe de la factura se efectuará girando un recibo bancario a 15 días fecha factura. Como excepción la primera factura se emitirá en enero de 2013, con el objetivo de cerrar el año 2012.

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