Mataderos de Baja Capacidad
Definición
Aquellos mataderos que sacrifiquen una cantidad de animales inferior a 4.000 cabezas al año, y lo soliciten de manera expresa, podrán ser catalogados como tales por acuerdo de la Comisión de seguimiento creada al efecto en el seno de la interprofesional.
Cómo se adquiere la condición de Matadero de Baja Capacidad, MBC
Para esto será preciso la presentación de una solicitud del titular del matadero, en la que se acredite el nivel de sacrificios durante los últimos cuatro trimestres, que exista solicitud expresa y que se acompañe de un compromiso escrito de remisión de información trimestral, respecto de los sacrificios efectuado.
Cómo se puede perder la catalogación de MBC
Esta condición podrá ser retirada por incumplimento del compromiso de información durante dos trimestres consecutivos, por medio de resolución de la Comisión de Seguimiento, previa audiencia al interesado, otorgándole un plazo de diez días. De dicha resolución se dará traslado al matadero para que pueda acudir en el plazo de cinco días a la Junta Directiva alegando acerca de las razones del incumplimiento. Esta retirada de categoría no supone que el matadero no pueda volver a presentar una nueva solicitud, ni excluye su obligación de información y recaudación.
En el caso de los volumenes de sacrificio sean superiores a 4.000 cabezas al año.
Cuál es la aportación de los MBC
Los Mataderos de Baja Capacidad estando obligados a realizar una aportación fija trimestral de acuerdo con la siguiente tabla:
La cuota se ajustará de manera anual en función del volumen del sacrificio comunicado por el establecimiento, por medio de una media de los 4 últimos trimestres comunicados.
Qué documentación se tiene que presentar para solicitar la catalogación de Matadero de Baja Capacidad.
- Solicitud, al Presidente de INTEROVIC, por parte del titular del Matadero solicitando que el establecimiento sea catalogado como Matadero de Baja Capacidad. Esta solicitud deberá incluir los datos completos de contacto, fiscales y de registro del establecimiento.
- Jutificación oficial de los sacrificios del establecimiento de los 12 meses anteriores a la solicitud.
- Compromiso firmado por parte del titular del Matadero de justificar trimestralmente los sacrificios del periodo correspondiente con documentación oficial.